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Escandaloso trato de favor entre la Audiencia de Burgos y Caixabank

FACUA ve escandaloso el acuerdo entre la Audiencia de Burgos y Caixabank sobre reclamaciones hipotecarias. La asociación advierte de que este protocolo genera apariencia de trato de favor hacia la entidad y compromete la imparcialidad de los jueces.

FACUA considera escandaloso que la Audiencia Provincial de Burgos haya firmado un acuerdo con Caixabank sobre el protocolo a seguir por la entidad en caso de reclamaciones de consumidores sobre los gastos hipotecarios e intereses de demora.

La asociación advierte de que esta actuación por parte de la judicatura genera apariencia de trato de favor precisamente con una de las partes procesales -la demandada y responsable de que existan cláusulas abusivas que deben ser reclamadas por los consumidores-, además de comprometer la imparcialidad de los jueces.

La Audiencia Provincial de Burgos es, además, la encargada de resolver los recursos a las sentencias de primera instancia, con lo que está poniendo igualmente en entredicho su imparcialidad con este protocolo.

Según ha indicado el Consejo General del Poder Judicial en su página web, este acuerdo sirve para "agilizar" la resolución de los juicios en los que se reclaman gastos hipotecarios e intereses de demora. "El fin por tanto del documento es terminar los procedimientos relacionados sobre esas materias, cualquiera que sea la fase procesal en que se encuentren, o evitar su judicialización si todavía no se hubiese formalizado la demanda", recoge el comunicado de prensa.

En este sentido, FACUA señala que las entidades bancarias son en parte de responsables de parte de la congestión y colapso que sufre actualmente la justicia debido al uso generalizado de cláusulas abusivas que deben ser reclamadas en tribunales como consecuencia de la negativa de los bancos a aceptar resolver dichas reclamaciones en vía extrajudicial.

Si Caixabank de verdad quiere apostar por agilizar estos trámites -como se desprende de este acuerdo- debería realizar la devolución directa de las cantidades que deba reembolsar a los consumidores por la nulidad de las cláusulas sin necesidad de que le reclamen. Si ya existiese una demanda, debería allanarse en ella para que se resolviera rápidamente.

La asociación, por tanto, critica que la Audiencia Provincial de Burgos se preste a un protocolo que traslada la responsabilidad de la congestión judicial al consumidor y limpia la imagen de Caixabank, proponiendo un acuerdo que puede perjudicar al usuario en beneficio de la "agilidad" en el trámite cuando dicha solución debe pasar porque la justicia exija medios materiales suficientes para cumplir con su labor.

Este acuerdo es el tercero que se adopta en Castilla y León. Anteriormente, las audiencias provinciales de Valladolid y Palencia ya habían suscrito protocolos similares, todos ellos publicitados por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad.

Costas judiciales

FACUA señala que algunos de los compromisos alcanzados en este protocolo podrían ser contrarios a lo que establece la justicia europea. En el caso de las costas judiciales, el acuerdo indica que "si la demanda ya hubiera sido contestada, el demandado abonará las costas correspondientes si la cantidad que se reconoce en la contestación como debida al demandante es igual o superior al 80% de la cantidad reclamada".

Es decir, si la entidad reconoce que le debe al consumidor una cantidad inferior al 80% de lo que reclamó en su demanda, el banco no tendría que abonar las costas.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó en una sentencia que podría ser contrario a derecho que no se le pagaran las costas al consumidor si, aún habiéndose estimado la nulidad de una cláusula declarada abusiva, falló en la cuantificación de la cantidad a devolver por su aplicación, esto es, pidió en su demanda un reembolso superior al que luego se le reconoce.

La asociación advierte de que este criterio puede ser aplicable al compromiso que recoge el protocolo entre Caixabank y la Audiencia de Burgos, al negar al consumidor las costas judiciales simplemente si la entidad reconoce que le debe una cantidad menor al 80% de la que pidió.


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